La División de Regulación del Cannabis proporciona claridad sobre el embalaje y etiquetado de los productos de marihuana - Revista Greenway
La División de Regulación del Cannabis (DCR) de Missouri emitió el jueves un documento de orientación completo que arroja luz sobre las preguntas frecuentes (FAQ) relacionadas con los requisitos de embalaje y etiquetado de los productos de marihuana. El documento ofrece información crucial para las empresas que operan dentro de la industria del cannabis, abordando específicamente consultas relacionadas con el cumplimiento de 19 CSR 100-1.120, la regulación que rige los estándares de embalaje y etiquetado.
Una de las principales preguntas abordadas en el Documento de orientación es si todos los elementos enumerados en 19 CSR 100-1.120(1)(B)5 son obligatorios.
El DCR aclara que el lenguaje “solo puede utilizar” implica que los licenciatarios tienen la discreción de incluir la información enumerada, a menos que la regla lo requiera explícitamente. Por ejemplo, si bien los licenciatarios no están obligados a utilizar más de dos logotipos o símbolos, se les permite utilizar hasta dos. Además, no es necesario incluir texto que indique efectos secundarios y efectos en el comportamiento, y lo mismo se aplica a los códigos QR.
Un aspecto fundamental de los requisitos de embalaje se refiere al "texto que indica los efectos secundarios y los efectos del uso en el comportamiento" descrito en 19 CSR 100-1.120(1)(B)5.C. La DCR enfatiza que dicho texto debe ser claro y preciso, libre de eslóganes o declaraciones con significados vagos. El documento proporciona ejemplos ilustrativos, como el uso de términos como "somnoliento", "relajado" o "hambriento" para describir los efectos potenciales del producto de marihuana. Sin embargo, clasificar el producto como sativa, híbrido o índica no es suficiente para describir los efectos secundarios y los impactos en el comportamiento, que idealmente deberían encontrar su lugar en el material promocional.
Una consulta importante que surge con frecuencia se refiere al uso de fotografías de productos de marihuana en los envases. Según el DCR, dichas fotografías están permitidas si están integradas en el logotipo y cumplen con las especificaciones descritas en 19 CSR 100-1.120(1)(B)5.A.
El Documento de orientación también aclara que cualquier variación en el embalaje, el etiquetado o el diseño del producto debe pasar por el proceso de aprobación del artículo, de conformidad con 19 CSR 100-1.120. Esto incluye cada SKU de producto de marihuana final distinto producido por licenciatarios individuales. Para dar cabida a cambios menores en productos previamente aprobados, el DCR está en proceso de establecer un mecanismo. Este procedimiento requeriría que los licenciatarios hagan referencia al número de aprobación del paquete previamente sancionado, resalten las desviaciones de la versión aprobada y confirmen que no se prevén más cambios.
En un esfuerzo por simplificar las prácticas de envasado, DCR emitió una variación el 18 de agosto de 2023, que permite a los licenciatarios incorporar detalles de cepa o sabor en la etiqueta. Esta adaptación facilita la utilización de envases idénticos para diferentes cepas o sabores de productos.
Al abordar el uso de pegatinas en el embalaje, la DCR aclara que las pegatinas son aceptables si han sido aprobadas mediante el proceso de aprobación de artículos. La colocación de pegatinas debe demarcarse en el propio embalaje, por ejemplo indicando un área dedicada. Por ejemplo, si un licenciatario emplea empaques uniformes para múltiples productos de marihuana, la diferenciación se puede lograr agregando una etiqueta con un código QR que dirija a los clientes al sitio web de un producto relevante.
Con respecto a la colocación alternativa de ciertas etiquetas según lo especificado en 19 CSR 100-1.120(1)(C), los titulares de licencias pueden buscar dichas alternativas a través del proceso de aprobación de artículos en Metrc. Sin embargo, se deben tener en cuenta otras regulaciones pertinentes, incluidos los requisitos federales de embalaje, al proponer ubicaciones alternativas.
Otra pregunta importante se refiere a los prerolls y el requisito de que sus envases estén fabricados con sustancias en contacto con alimentos aprobadas por la FDA. El DCR afirma que los prerolls deben estar envasados en materiales aprobados por la FDA para el contacto con alimentos. Esto se debe a la interacción directa entre el preroll y su embalaje, lo que requiere materiales que sean seguros para el consumo humano, según lo dispuesto en 19 CSR 100-1.120(1)(B)4. Además, el envoltorio o el papel preenrollado también deben estar fabricados con material apto para uso alimentario, dado que los usuarios consumen el producto final de marihuana.
Al definir el término "envoltorio", el Documento de Orientación lo describe como una cobertura para una porción o dosis individual de un producto de marihuana, aislándola de otras porciones o dosis similares dentro del mismo empaque. Un buen ejemplo de envoltorio es una bolsa de una sola porción.
Los licenciatarios que se enfrentan a la cuestión de actualizar las etiquetas de prueba de los productos de marihuana existentes reciben un respiro a través de un período de gracia. La DCR ha ampliado este período hasta el 1 de mayo de 2024, lo que permite a los licenciatarios seguir utilizando sus productos y embalajes existentes, incluidas las etiquetas de prueba. Durante este período de gracia, los titulares de licencias pueden utilizar su inventario actual de embalajes y artículos en el mercado, como se destaca en la guía del 18 de agosto de 2023 titulada "Extensión de cumplimiento de embalaje y etiquetado".
Si bien admite este período de gracia, el DCR alienta a los licenciatarios a trabajar activamente para lograr el cumplimiento. Se espera que para la fecha límite del 1 de mayo de 2024, todos los productos finales de marihuana existentes se hayan vendido o reenvasado de acuerdo con diseños de embalaje y etiquetado compatibles. Este proceso requiere obtener un número de aprobación de artículo del Departamento.